Resumen del Artículo Disposición derogatoria segunda

Artículo Disposición derogatoria segunda del Ley General de Sanidad (LGS) — Disposición derogatoria segunda. Quedan degradadas al rango reglamentario cualesquiera disposiciones que, a la entrada en vigor de la presente Ley, regulen la estructura y funcionamiento de instituciones y organismos sanitarios, a efectos de proceder a su reorganización y…

LGSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición derogatoria segundaDisposición derogatoria segunda

Disposición derogatoria segunda.

Quedan degradadas al rango reglamentario cualesquiera disposiciones que, a la entrada en vigor de la presente Ley, regulen la estructura y funcionamiento de instituciones y organismos sanitarios, a efectos de proceder a su reorganización y adaptación a las previsiones de esta Ley.

Norma publicada: 25 de abril de 1986

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición derogatoria segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición derogatoria segunda del LGS?

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¿El Artículo Disposición derogatoria segunda del LGS está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición derogatoria segunda dentro del LGS?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición derogatoria segunda?

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